Friday, July 21, 2006

LO NUEVO DE LA REFORMA TRIBUTARIA


IMPUESTO A LA RENTA
UN NUEVO CONCEPTO UVT (UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO)
Se toma como referencia básica para el cálculo de los montos mínimos y básicos para la aplicación de tasas e impuestos. Lo anterior facilitaría la actualización anual de las bases para la aplicación de impuestos, pues anualmente se haría referencia a un numero X de UVT para la aplicación de una base o monto mínimo. Por ejemplo: Los asalariados tendrán un ingreso exento de 7 SMMLV o 140 UVT.
El valor del UVT es de aproximadamente 20.400 pesos (año 2006) 5% del SMMLV.

CAMBIOS EN IMPUESTO DE RENTA:
· El primer año de vigencia de la reforma, el impuesto de renta será del 33% y para el segundo y subsiguientes será del 32%
· Las utilidades de los negocios de personas naturales y la compensación de los asalariados estará exenta hasta 7 SMMLV ($2.856.000 año 2006) No acumulable si se es asalariado y se posee un negocio.
· Se permite la deducción de la totalidad de la inversión en activos fijos, de esta forma la empresa que invierta y se capitalice verá reducida su tasa efectiva de impuesto.
· Se permite el uso de los créditos fiscales por pérdidas en el momento en el que el contribuyente los necesita.
· Se eliminan los ajustes por inflación
· Se elimina gradualmente el concepto de renta presuntiva
· Se respetan todos los derechos adquiridos (perdidas fiscales, depreciación).
· Desaparece el impuesto a las remesas.
· Desaparece el impuesto de timbre

IMPUESTO DE RENTA PARA ASALARIADOS:
· Se pagará impuesto por salarios y/o prestaciones sociales y, cualquier otro ingreso que constituya salario o remuneración del servicio para el trabajador.
· Las utilidades de los negocios de personas naturales y la compensación de los asalariados estará exenta hasta 7 SMMLV ($2.856.000 año 2006) No acumulable si se es asalariado y se posee un negocio. Esta cifra se encuentra en $2.040.000
· No estarán gravadas las pensiones hasta los 50 SMMLV ($20.400.000 año 2006)
· La tarifa de impuesto de renta para los asalariados será del 15% hasta las 400 UVT (20 SMMLV es decir $8.160.000 para el año 2006).
· La tarifa de impuesto de renta para salarios superiores a los 400 UVT (20 SMMLV es decir $8.160.000 para el año 2006) será igual al 33% para el primer año de vigencia de la reforma y 32% para los subsiguientes.
· NO habrá necesidad para las empresas de expedir los certificados de retención en la fuente para asalariados, pues según los planes de la DIAN será ella misma quien los expida.

IMPUESTO A LAS VENTAS
Seguirán ambos regimenes de impuesto a las ventas con algunos cambios para el régimen simplificado entre los que se encuentran:
· 80 millones de ingresos anuales
· Un Establecimiento
· No Franquicias
· No Usuarios aduaneros
· Consignaciones Bancarias o depósitos financieros inferiores a $80 millones.
· Contratos en el año anterior por ventas o prestación de servicios inferiores a $80 millones

El valor total de las operaciones estará compuesto por:
· Precio del bien o del servicio
· Transporte
· Financiación
· Cualquier otro concepto facturado.

Se reduce el grupo de las tarifas diferenciales así:
· General: 16 - 17% (Propuesta abierta a estudio por parte del congreso)
· Diferencial: 10% - 12% & 25% (Las tarifas superiores al 25% se reducirán a una única del 25%, bajando de esta forma el impuesto que se tienen que pagar por los bienes suntuosos. Esta propuesta tiene acogida en el congreso pero no en las agremiaciones económicas, pues se esta favoreciendo a un grupo muy reducido de la población.)
· Exentos: 0% (Descuentos – devolución)
· Excluidos: (No aplica, pues en los términos del proyecto desaparece. Propuesta también a discusión con el congreso.

Lo nuevo en el IVA:
Descuentos sin límite de la tarifa. Se podrá descontar cualquier tarifa sin importar la tarifa a la cual se genera
Oportunidad para solicitar impuestos descontables, debe coincidir con el bimestre que se cause. Se reduce el tiempo en el cual se pueden solicitar los descontables en el IVA.

Devolución a familias de menores ingresos. Como casi todos los bienes quedan gravados al 10%, se planea devolver dinero a las familias clasificadas en los niveles 1 y 2 del SISBEN. La cifra inicialmente manejada por la DIAN es de cerca de 300.000 pesos anuales por familia. ($294.938 para el año 2006). Pues en estos niveles esta cerca del 80% de la población del país.

GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTO FINANCIEROS 4*1000
El gobierno maneja varias alternativas entre las que se encuentran:
Disminuir paulatinamente la tarifa del 4*1000 hasta su eliminación en el 2010 , propuesta muy bien acogida por el sector financiero pero con poco respaldo en gremios pues en su consideración, los primeros 4.250.000 (año 2006) están exentos de este gravamen, lo que implica que la gran mayoría de la población esta exenta del gravamen y solo aplicaría a aquellas personas que mueven en el sistema financiero grandes sumas de dinero.

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
Se reduce el tiempo para la solución de querellas.
Se incentiva la agilización de soluciones en la vía gubernativa.
Se introduce la segunda instancia en la vía gubernativa.

Gracias ciberaccount